El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros privados para reforzar la protección de los asegurados con nuevas normas de conducta y dotar de más transparencia en la venta de estos productos. Así, entre las medidas se encuentra que el cliente deberá ser informado de todos los costes y gastos asociados al producto así como de sus riesgos. La ley afectará a más de 3.200 corredores de seguros y 77.000 agentes del sector.

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La norma, que traspone una directiva europea, busca «establecer unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector», que sean adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales distribución. Para ello también establecen requisitos adicionales para la distribución de productos de inversión basados en seguros y evitar así conflictos de interés que puedan perjudicar al cliente.

En este sentido, el proyecto de Ley recoge que se debe informar al asegurado de todos los riesgos conexos a los productos de inversión basados en seguros o a determinadas estrategias de inversión propuestas y proporcionarle una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión cuando se ofrezca asesoramiento.

Además, se introduce el concepto de «ventas vinculadas y combinadas». Son aquellas que ofrecen productos de seguros conjuntamente con otros servicios o productos distintos de los seguros como parte de un mismo paquete o acuerdo. El distribuidor de seguros, que por ejemplo podría ser una entidad bancaria, deberá informar si los distintos componentes pueden adquirirse de forma separada, e indicarle al cliente los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente.

La nueva normativa también va a reforzar el régimen de infracciones y sanciones, con multas más altas. Además, se van a fijar procedimientos específicos para canalizar las denuncias públicas para fomentar la colaboración de los profesionales del sector, sin que ello implique riesgos laborales para los que comuniquen las irregularidades.

Misma regulación para los mediadores

La Ley pasa a considerar como distribuidores de seguros y reaseguros, más allá de los mediadores tradicionales (agentes y corredores), a las entidades aseguradoras y reaseguradoras; a los mediadores de seguros complementarios, entre los que se incluyen a los participantes en el mercado que distribuyen productos con carácter accesorio; y a los comparadores. En el caso de los operadores de bancaseguros, la entidad de crédito podrá poner su red de distribución a disposición de más de un operador.

La norma prevé que los mediadores de seguros puedan servirse de sitios web u otras técnicas de comercialización a distancia mediante los que se proporcione al cliente información comparando precios o coberturas de un número determinado de productos de seguros de distintas compañías.

Fuente: El País