El Tribunal Superior de Justicia de Catalunña ha desestimado el recurso de reposición de varias asociaciones gremiales del taxi y de la Autoridad Metropolitana de Barcelona contra sus medidas cautelares que impidieron la entrada en vigor del Reglamento de ordenación de Transporte Urbano que limita la actividad de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) como Uber y Cabify.

Según informó hoy la patronal de los VTC Unauto, supone «un nuevo fallo de los tribunales que da la razón a los titulares de vehículos de alquiler con conductor, esta vez en Cataluña». Asegura que para la Sección Tercera de la Sala Contencioso Administrativo el reglamento que limita un vehículo VTC por cada 30 taxis en el área metropolitana de la Ciudad Condal señala que «la reciente promulgación del Real Decreto-Ley 13/2018 -que finalmente será tramitado como proyecto de ley- no habría hecho sino confirmar el acierto de nuestra decisión ya que dichas disposiciones transitorias se podrían haber visto cercenadas, de forma difícilmente reparable, con motivo de la aplicación inmediata del Reglamento metropolitano suspendido».

De igual modo, el tribunal recuerda que «las previsiones transitorias de dicha norma están dirigidas a garantizar, cuatro años en todo caso, el estatus del que venían disfrutando en el ámbito urbano las autorizaciones VTC y, asimismo, a extender dicha garantía a las autorizaciones VTC que deban otorgarse en méritos de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre».

Unauto dice que celebra el fallo judicial porque «pone de relieve no sólo que se invaden competencias del Estado, sino que se pretendía incumplir lo que dice la ley: el criterio de 1/30 es solo para la concesión de nuevas autorizaciones, no para su aplicación de forma retroactiva, lo que nos situaría en una situación de inseguridad jurídica impropia de un país avanzado de la Unión

Fuente: Cinco Días