El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 18,4 millones impuesta por la CNMC a Nuclenor, participada al 50% por Iberdrola y Endesa, por cerrar sin autorización la central nuclear de Garoña en diciembre de 2012. En una sentencia conocida ayer, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo ratifica la decisión de la CNMC en 2014 por una “infracción muy grave” prevista en la ley eléctrica, y sostiene que no se vulneró el principio de proporcionalidad en la cuantía de la sanción, como sostiene Nuclenor, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, cómo afectó el cierre al mercado.

 El 16 de diciembre de 2012, Nuclenor acordó el cese de explotación de la central burgalesa casi seis meses antes de la fecha inicialmente fijada por orden ministerial, para evitar el pago de las nuevas tasas e impuestos a los residuos nucleares aprobados por el Gobierno para atajar el déficit de tarifa, que entraban en vigor el 1 de enero de 2013.

En julio siguiente, el organismo supervisor inició un expediente contra la sociedad por cerrar la central “sin que concurrieran razones técnicas ni de seguridad que lo justificaran” y dejarla sin funcionamiento durante cerca de siete meses. La CNMC explicó entonces que el importe de la multa se había calculado de conformidad a los criterios previstos en la ley, atendiendo al daño causado y al beneficio ilícito obtenido, una versión que tiempo más tarde sería refrendada por la Audiencia Nacional.

Endesa e Iberdrola ya habían pagado la multa que ahora ratifica el Tribunal Supremo. Finalmente, tras muchos abatares, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió clausurar definitivamente la planta en agosto de 2017.

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Fuente: Cinco Días