El Tribunal de Justicia europeo ha asestado este martes un golpe potencialmente mortal a los 196 tratados bilaterales de protección a la inversión suscritos por los socios de la Unión Europea entre sí. Los jueces comunitarios han sentenciado, a raíz de una consulta prejudicial, que la cláusula arbitral recogida en uno de esos Tratados (el firmado por Holanda y Eslovaquia) es iincompatible con el derecho de la Unión Europea porque no garantiza que los litigios se diriman ante los órganos jurisdiccionales del sistema judicial de la Unión.

El veredicto sienta un importantísimo precedente para España, que con 33 demandas es el país más citado a procedimientos de arbitraje por litigios con inversores de países europeos. El gobierno de Mariano Rajoy ya ha maniobrado en Bruselas para intentar blindarse ante la avalancha de demandas de inversores que se consideran perjudicados por el recorte de las primas a renovables, unos litigios con una factura potencial para el erario español de hasta 7.600 millones de euros. El ministro de Energía, Álvaro Nadal, intenta que la Comisión considera esas indemnizaciones como una ayuda de Estado ilegal y por tanto impida su pago.

Pero ese frente no bastaba. El ejecutivo español también ha intervenido en el caso resuelto este miércoles. Y apoyó abiertamente la tesis de Eslovaquia, partidaria de anular un laudo que había obligado a ese país a indemnizar con 22,1 millones de euros a una compañía holandesa afectada por un cambio legislativo en el sistema de seguros de enfermedad.

Los jueces han avalado la tesis de Eslovaquia y han fallado contra la cláusula del tratado bilateral sobre protección de la inversión que concedía a los laudos arbitrales un carácter definitivo e incuestionable por las autoridades judiciales. La anulación de esa cláusula convertirá prácticamente en inútiles los tratados bilaterales suscritos entre socios europeos.

El veredicto supone también una importante victoria para la Comisión Europea, que lleva años luchando contra la vigencia de esos acuerdos bilaterales. Bruselas sostiene que se tratad pactos incompatibles con el Tratado de la UE, una tesis rechazada sistemáticamente por los tribunales de arbitraje. El veredicto de este miércoles refuerza la lucha de la CE para acabar con los tratados bilaterales y con los tribunales de arbitraje para conflictos intracomunitarios.

Dos bandos

El conflicto entre Holanda y Eslovaquia se había convertido, de hecho, en una prueba de fuego para la existencia de los tribunales de arbitraje intracomunitarios. Y la batalla judicial ha alcanzado tal dimensión que han llegado a personarse hasta 16 socios de la UE, con España entre ellos. Un choque frontal entre los países de los inversores y los países que presuntamente vulneran la protección a la inversión.

«Los Estados miembros que han intervenido se dividen en dos grupos», apuntaba ya el dictamen previo a la sentencia de uno de los Abogados Generales del Tribunal. «El primer grupo está formado por países de origen de los inversores y a los que, en consecuencia, nunca o raramente se cita como partes demandas en los procedimientos arbitrales». El bando de los demandantes estaba formado por Alemania, Francia, Holanda, Austria y Finlandia.

En el campo contrario militan los países «citados como partes demandadas en varios procedimientos de arbitraje sobre inversiones internos de la Unión», señaló el Abogado General. Un grupo encabezado por España, con 33 litigios y del que también forman parte República Checa (26); Polonia y Hungría (11 cada uno); Italia y Eslovaquia (9 cada uno); Rumanía (4); Grecia, Estonia y Chipre (3 cada uno); y Letonia (2).

La batalla comenzó mal para el grupo de España porque el Abogado General, el belga Melchior Wathelet, se pronunció el pasado mes de septiembre a favor de aceptar como válidos los tratados bilaterales de protección al inversor suscritos por los países antes de su pertenencia a la Unión.

Whatelet enfatiza en su dictamen el hecho de que los países partidarios de anular el arbitraje mantienen ellos mismos tratados bilaterales de protección (solo Italia ha anulado el que tenía con Malta). Además, los inversores de esos países han entablado numerosos pleitos contra otros países del mismo, lo que a juicio del ponente revelaba una extraña contradicción.

A pesar de todo, el Tribunal de Justicia se ha desmarcado del dictamen del Abogado general y ha fallado a favor de Eslovaquia y en contra de la validez del arbitraje. Una victoria para el Gobierno de Rajoy pero que podría resultar contraproducente para las empresas españolas con inversiones en destinos «de riesgo», porque probablemente quedarán anulados también los tratados de protección suscritos por España con esos países de la UE.

Fuente: Cinco Días