BDO deberá pagar a acreedores de Miró por sus fallos en la auditoría

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a la firma BDO a indemnizar a acreedores de la cadena de electrodomésticos Miró por los fallos en las auditorías realizadas en los años previos al concurso de 2011, según una sentencia del 14 de junio, en la que también se condena al que fuera administrador de la empresa.

La sentencia da la razón a los acreedores Media Electronics, Litografía Roses y Anker Noroeste contra el administrador, al que condena al pago de 50.823 euros, y a la firma BDO Auditores con una suma de igual cuantía. En cambio, el tribunal estima el recurso presentado por el socio auditor de BDO, al que la Audiencia libra del pago impuesto anteriormente por el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona.

Establiments Miró, fundada y presidida por Francesc Miró en 1992, fue declarada en concurso de acreedores en mayo de 2011. El informe de la administración concursal de julio de ese año “puso de manifiesto graves irregularidades contables con incidencia en la situación patrimonial y financiera de la concursada”, explica la Audiencia en la sentencia. Así, el patrimonio neto positivo de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 pasó a convertirse en fondos propios negativos de 41,1 millones, 57,1 millones, 85,6 millones y 136,1 millones desde 2007 y posteriores ejercicios. Esas irregularidades “alteraron la imagen de solvencia” de la compañía a acreedores, como recuerda el fallo.

«Es fácil deducir cuál hubiera sido la situación de Establiments Miró si hubiera publicitado unas cuentas que realmente reflejaran la imagen fiel de su situación patrimonial, como estaba obligada a hacer. La situación hubiera sido que se le hubiera cerrado en pocos meses el crédito porque sus acreedores no habrían podido garantizarlo a través de los aseguradores», dice la sentencia. Y añade: «Se establece legalmente un severo régimen de responsabilidad de los auditores por no cumplir fielmente con las obligaciones de su cargo, porque, cuando conceden su opinión favorable a unas cuentas de forma indebida, esa conducta es susceptible de causar daño a los operadores que confían en la importante función de la labor del auditor».

La Audiencia también recuerda que BDO ya fue multada con 142.928 euros por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y ratificada por el Ministerio de Economía por infracción grave en la Ley de Auditoría de Cuentas, «al emitir un informe que carecía de la debida fundamentación y susceptible de tener un efecto significativo sobre las cuentas anuales cerradas a 31 de enero de 2010».

Desde BDO reflejan una “absoluta discrepancia con la sentencia” y considera que la firma actuó en todo momento de forma estricta conforme a las normas técnicas de auditoría, por lo que presentará recurso de casación.

En paralelo varias asociaciones sectoriales presentaron una querella contra Francesc Miró por falsedad contable, estafa e insolvencia punible. La marca Miró fue comprada posteriormente por el fondo alemán Springwater y salió de concurso de acreedores el pasado año. Actualmente opera únicamente en Cataluña y Baleares.

Fuente: Cinco Días