El enfrentamiento en los juzgados entre el expresidente de El Corte Inglés, Dimas Gimeno, y sus primas, las hermanas Marta y Cristina Álvarez Guil, hijas y herederas del fallecido Isidoro Álvarez, también expresidente de la cadena de grandes almacenes, se inclina de momento del lado de las primas. El juez titular del juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, Andrés Sánchez Magro, ha desestimado «íntegramente» la demanda presentada por la madre de Gimeno, María Antonia Álvarez, contra una serie de acuerdos adoptados en la junta de IASA de octubre de 2017, la sociedad patrimonial que posee el 22% de las acciones de El Corte Inglés y está participada por las hermanas con un 69%; y Gimeno, su madre y su tío, con el resto. Asimismo, condena al pago de las costas causadas en el procedimiento.

Con esta decisión, contra la que cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Audiencia Provincial de Madrid, son ya dos los reveses judiciales recibidos por Gimeno y su entorno en los últimos días, tras el archivo la semana pasada de la querella presentada por Gimeno contra el exjefe de seguridad de los grandes almacenes, Juan Carlos Fernández-Cernuda, por administración desleal, delito societario y corrupción en los negocios.

La impugnación solicitada fue sometida a juicio el pasado 23 de enero y se practicó la prueba correspondiente. María Antonia Álvarez acusaba a las hijas de su hermano Isidoro de haber vulnerado el derecho de información del socio y por existir una condonación de una deuda por casi siete millones de euros en las cuentas anuales del ejercicio cerrado el 31 de octubre de 2016. Ante eso pedían la anulación de los acuerdos de aprobación de las cuentas anuales de dicho ejercicio y la citada condonación de la deuda.

La sentencia declara probado que en la junta general de acionistas se aprobaron las cuentas y la gestión del órgano de administración de la empresa y que no se impugnó el punto del orden del día relativo al reparto de dividendos correspondientes al ejercicio. Asimismo, declara que la demandante demoró «injustificadamente» la petición de información y no acreditó nada porque estaba incompleta la documentación que se le dio.

Destaca, asimismo, que la empresa fue auditada, hecho que conocían las partes y que la demanda nada dice al respecto en contra de la aprobación de las cuentas y que tampoco nada dijo la demandante. Asimismo, la demandate no pidió ninguna aclaración ni información complementaria. En ese sentido, añade que la demandante no impugnó el punto de reparto de dividendos ni el estado de las cuentas si consdieraba que estaban mal.

Sobre la petición de conodnación de la deuda con las sociedades MJCM y CRiSL considera que «es objeto de tratamiento de otro procedimiento y que dicha condonación no ha sucedido, «como reconoce la demandante en su escrito de conclusiones». 

Cadena de demandas

Además de esta demanda, María Antonia Álvarez, impugnó el acuerdo de reducción de capital de IASA de 6 de septiembre de 2016. En la demanda, cuya vista está prevista para el próximo 21 de marzo, solicita que se declare la ineficiacia y nulidad de la reducción de 121 milliones de euros a 50.000 euros «porque el acuerdo fue adoptado en una junta que no fue válidamente constituida, en perjuicio del interés social y en beneficio de unos socios concretos [las herederas de Isidoro Álvarez]». 

Para cuatro días después está programada la audiencia previa sobre la nulidad del acuerdo de asunción de deuda de 25 de octubre de 2016 que lleva el juzgado de primera instancia número 77 de Madrid. Según la demanda, las dos hermanas y la sociedad MJMC Inmobiliaria quedaron liberadas de sus obligaciones de pago de los préstamos por valor de 4,2 millones que mantenían con IASA, deuda que fue asumida por Inversiones MJM. Según la demandante, “el contrato fue formalizado en una situación clara de conflicto de interés y sin consentimiento válido del resto de accionistas de IASA”. Las demandadas arguyen que fue una condonación entre empresas.

Además, está a la espera la demanda referente a la adopción de Marta y Cristina por parte de Isidoro Álvarez, prevista en principio para el 29 de mayo. Según el escrito presentado ante el juzgado de primera instancia número 10, “la adopción fue irregular, ya que las demandadas nunca convivieron con el adoptante antes de los 14 años”. Las hermanas, que fueron adoptadas estando incluso casadas, sostienen que la adopción es “irreversible”, en tanto que no se cumplen ninguno de los supuestos para solicitarlo: que lo haga el adoptante, las adoptadas, el apdre o madre biológico y que haya condiciones de maltrato o similar.

Además, está a la espera de una nueva fecha de audicencia la impugnación de la modificación y reducción del legado que recibió de su hermano, que pasó de 10 a cinco millones de euros. Esta demanda se dirige además de a las hermanas, a su madre María Josefa Guil y los albaceas Carlos Martínez Echevarría, Ramón Hermosilla y Antonio Hernández Gil, así como contra los legatarios.

Fuente: El País