El texto de la nueva ley hipotecaria encara su recta final. Este jueves se aprueba en el Congreso. Desde ahí se remitirá al Senado, donde se cuenta hasta marzo para añadir enmiendas. Luego volverá a la Cámara Baja, en la que se votará si se aceptan o no los cambios del Senado. 

En esta nueva normativa, las entidades ya no podrán retener al cliente hipotecario contra su voluntad. En 2007 se reescribió la legislación para que si el banco igualaba la oferta de otra entidad, el cliente tuviese forzosamente que permanecer y no pudiese subrogar la hipoteca. De poco importaba que estuviese a disgusto con el trato que le dispensaba el banco. Ahora, gracias a una enmienda de Ciudadanos introducida con el apoyo del resto de partidos y la abstención de PSOE y Podemos, el cliente podrá irse de todas formas.

MÁS INFORMACIÓN

Una vez aceptada la subrogación por el consumidor, la entidad acreedora tendrá siete días naturales para certificar el importe que se ha de subrogar. A partir de ahí habrá un plazo de 15 días naturales en los que la entidad que tiene la hipoteca pueda contraofertar. Transcurrido ese periodo, se podrá otorgar la escritura de subrogación.

“En la redacción de 1994 el deudor era el que tenía la iniciativa. Si decidía que quería irse con la hipoteca a otra parte el banco podía intentar convencerle por las buenas, pero en ningún caso tenía medios legales para impedirlo”, reza la justificación de la enmienda. Y añade que en 2007 se “arrebató al deudor el derecho a decidir y se le dio a su banco”.

“Ciudadanos presentó esta enmienda para aumentar la competencia entre las entidades, lo que redundará positivamente en los ciudadanos porque bajarán los tipos de interés que las entidades cobran”, sostiene Rodrigo Gómez García, diputado de Ciudadanos y uno de los ponentes de la ley.

Examen de solvencia

La ley incluye, además, la obligación de que la entidad haga un examen de solvencia del cliente para evitar los excesos. De esta forma, se busca que no se abuse de los avales o de hipotéticos incrementos de los precios de la vivienda para relajar las condiciones en las que se prestan. La responsabilidad del crédito pasa así al banco. Lo cual no significa que el hipotecado no pueda impagar por algo sobrevenido como una situación de paro. Pero se trata de que se identifique en el momento de la contratación si ya era evidente que el prestatario no podía devolver el crédito. Sin embargo, a pesar de que PSOE, Podemos y Ciudadanos tenían enmiendas que fijaban sanciones para la entidad si no evaluaban bien la solvencia, estas al final se han omitido.

“La crisis se originó en el crédito irresponsable. Sin embargo, se insiste en centrar la atención en los abusos en la contratación bancaria y no se centra en el aspecto clave de la evaluación de la solvencia y las sanciones contractuales por su contravención”, explica la catedrática Matilde Cuena.

Por otra parte, esta legislación abaratará los reembolsos anticipados de la hipoteca; facilitará el cambio del tipo variable al fijo; rebajará los intereses de demora, y pondrá condiciones más difíciles para el inicio del embargo. También busca que notarios y registradores aseguren la transparencia y eviten la inclusión de cláusulas abusivas. Prohíbe que la banca retribuya a sus trabajadores en función del número de hipotecas concedidas. Limita la venta de productos vinculados al crédito hipotecario. Y se establece que el banco sufrague todos los costes del préstamo salvo la tasación.

Fuente: El País