Entre las medidas fiscales aprobadas este martes por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, destaca la exención de tributar por el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), el mismo tributo que grava entre otras operaciones la compra de vivienda usada, para todas las compraventas que se produzcan entre particulares por un valor inferior a 500 euros.
La medida no deja de ser meramente aclaratoria, y apenas se dejará sentir en los bolsillos de los ciudadanos. Y es que aunque la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, tuvo que aclarar hace algunos meses que todas estas transacciones, que hoy se producen a través de plataformas en internet como Wallapop, eBay, Vibbo o Milanuncios, deben tributar un 4% por el impuesto de transmisiones patrimoniales, lo cierto es que en operaciones de pequeña cuantía nadie acude después de haber comprado cualquier producto en una de estas plataformas a pagar dicho impuesto. Y Hacienda es una práctica sobre la que no tiene suficientes recursos como para perseguir el fraude que se produce.
Así, cuando usted adquiere a otro particular cualquier objeto en internet, cuenta con un mes de plazo para acudir a la Agencia Tributaria y rellenar el formulario número 600 y abonar el 4% del importe pagado por el producto. La ley obliga a declarar la operación de reventa, aunque en su día ya se pagara el IVA durante la adquisición del mismo producto nuevo en cualquier clase de comercio. El impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) existe hace décadas y suele aplicarse en operaciones tan frecuentes como es la venta de una vivienda usada o un coche de segunda mano. El comprador es quien debe pagar este impuesto, mientras al vendedor le corresponde por su parte declarar en el IRPF la plusvalía que ha generado la operación, si la hubiera. Hacienda gana en los dos casos.
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La medida anunciada por el Ejecutivo de Cristina Cifuentes supone dejar fuera o eximir del impuesto a millones de operaciones cuyas cuantías se sitúan cada día por debajo de los 500 euros. Esto quiere decir que todas las transacciones que superen esa cifra seguirán estando obligadas a pagar el 4% por ITP.
La polémica arranca cuando una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) del pasado agosto levantó recordó que la compraventa de bienes entre particulares está sujeto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Se llegó incluso a interpretar como el nacimiento de un nuevo tributo bautizado como impuesto Wallapop. En realidad, Hacienda se limitó a recordar algo que figura en la ley desde hace 25 años. Un particular que compra un bien a otro particular debe, sobre el papel, pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Sin embargo, ello no significa que Hacienda vaya a empezar a inspeccionar a los usuarios de portales como Wallapop o eBay. Resultaría un despilfarro de recursos para obtener migajas.
Fuente: El País