Sebastián Albella, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), ha presentado una serie de cambios en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas. Las modificaciones más relevantes afectan a la diversidad de género de los consejos de administración y a los controles para luchar contra posibles casos de corrupción en las empresas.

La última modificación del Código, que data de 2015 y que está actualmente en vigor, recomienda que las sociedades en Bolsa deben tener unas políticas de selección de consejeros que promuevan que en 2020 el número de consejeras represente al menos el 30% del total. Con la modificación que introduce ahora la CNMV se dice que el «sexo menos representado» suponga al menos el 40% del total de administradores. Es decir, se endurece la sugerencia del supervisor bursátil en un doble sentido: se aumenta en 10 puntos porcentuales el peso recomendado que deben tener las mujeres y, además, para cumplir con la recomendación ya no basta con decir que se tiene una política encaminada a incentivar la diversidad.

Al cierre del ejercicio 2019, y según un estudio elaborado por El PAÍS, las empresas del Ibex 35 incumplían la meta del 30% ya que la media de consejeras era solo del 27,6%. De los miembros del índice selectivo, 16 organizaciones cumplen ya con la cuota recomendada, frente a las 12 de 2018. «Es cierto que ha habido una aceleración en la incorporación de consejeras en los últimos años y es factible que a lo largo de este año se alcance el 30%. Sin embargo, como ya se ha llegado a 2020 y teniendo en cuenta la realidad social que nos rodea, hemos creído conveniente elevar el objetivo de administradoras al 40%», argumenta Albella.

La modificación del Código se someterá a consulta de las compañías y del órgano consultivo durante los próximos 30 días. Una vez se reciban las sugerencias se cambiará la circular del Código para establecer el nuevo formato de folleto que deberán cumplimentar las cotizadas. Este proceso puede durar entre dos y tres meses antes de entrar en vigor. Es decir, para cumplir con el Código, los informes de gobierno corporativo que las empresas presenten entre abril y mayo de 2021 (correspondientes al ejercicio 2020) deberán atestiguar que el 40% de las mujeres son consejeras. En caso de no cumplir con esta recomendación, las compañías deberán explicar por qué no la cumplen.

Asimismo, la CNMV, tras haber constatado que el número de consejeras ejecutivas es especialmente bajo (un 4,9% del total), «lo que guarda relación con la escasa presencia femenina en la alta dirección, el organismo propone que la política de selección de las empresas fomente que haya un número suficiente de mujeres en los puestos directivos de mayor responsabilidad.»Es evidente que la alta dirección de las empresas es el vivero para que luego se promocionen a mujeres en los puestos ejecutivos del consejo», según Albella.

Atajar los casos de corrupción

Otra de las principales modificaciones del Código tiene que ver con los numerosos casos de corrupción que afectan en los últimos meses a las compañías cotizadas. En este sentido, la CNMV quiere modificar varias recomendaciones como la número 22 con el objetivo de promover que el consejo examine lo antes posible las situaciones que afectan a un consejero, relacionadas o no con su actividad en la sociedad, que pueden perjudicar el crédito y la reputación de la propia empresa. «Actualmente la recomendación es demasiado formalista puesto que se demoraba la actuación del consejo al momento en el que se iniciara un procesamiento o la apertura del juicio oral. Con los cambios lo que pretendemos es que el consejo pueda abrir una investigación o incluso pedir el cese del consejero afectado sin esperar a que se llegue a estas fases judiciales», explica el presidente del supervisor.

En el ámbito de la corrupción, la CNMV también quiere reforzar las competencias de la comisión de auditoría, atribuyéndola también los sistemas de control y gestión de riesgos no financieros, con mención expresa de los relacionados con la corrupción. Esta comisión también deberá ocuparse de que las políticas y sistemas de control interno «se apliquen de manera efectiva en la práctica». También se precisa que cuando un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión.

Indemnizaciones por despido

La CNMV también quiere atajar la ambigüedad en torno a la recomendación de las indemnizaciones por despido de los consejeros ejecutivos. Tal y como está redactada ahora la recomendación 64 se dice que los pagos por resolución del contrato no superen un importe establecido equivalente a dos años de la retribución total anual del directivo. Sin embargo, el supervisor ha detectado que algunas compañías, para esquivar este límite, están incrementando las indemnizaciones por no competencia o la aportación a los planes de pensiones. Po este motivo, a partir de la entrada en vigor de los cambios propuestos se deberán incluir en el límite de las dos anualidades de remuneración las cantidades pagadas por no irse a trabajar a la competencia o el dinero inyectado a los sistemas de jubilación de ejecutivo.

Por último, la CNMV quiere proponer, a fin de evitar la difusión de información privilegiada a gestores de grandes fondos o consultoras de recomendación de voto, que las empresas cuenten con una política general de comunicación de información económico-financiera y corporativa a través de medios de difusión (medios de comunicación, redes sociales u otras vías).

Fuente: El País