La CNMC exige la devolución de los pagos realizados al Castor

La CNMC ha acordado la revisión de oficio de diversas liquidaciones de actividades reguladas del sector del gas natural relacionados con el almacenamiento subterráneo Castor.

Según un comunicado remitido por el regulador, en concreto se refiere a los pagos realizados a Escal, Enagás Transporte, Bankia, Caixabank y Banco Santander.

La revisión de oficio vino motivada por una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se declaró la nulidad e inconstitucionalidad de los efectos económicos de la extinción de la concesión del almacenamiento subterráneo Castor, tras la renuncia de su titular, Escal Ugs, asegura el citado documento.

La CNMC entiende que nulidad privó de base legal a las cantidades reconocidas y a los pagos efectuados con arreglo al mismo, obligando con ello a revisar los pagos realizados.

La declaración de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones determina la obligación de los interesados de reintegrar al sistema de liquidaciones de las actividades reguladas del sistema de gas natural los importes recibidos.

Su desglose es el siguiente: Escal UGS debe devolver 195 millones;  Banco Santander 71,9  millones; Caixabank 48 millones; Enagás Transporte 32,4 millones y Bankia 21,1 millones.

El Tribunal Constitucional declaró en diciembre de 2017 la nulidad e inconstitucionalidad de los efectos económicos del real decreto-ley de 2014 que estableció la indemnización a Escal UGS -participada por ACS y concesionaria del almacén Castor- por la paralización del proyecto.

El Gobierno suspendió en septiembre de 2013 la actividad de inyección de gas en el almacenamiento subterráneo Castor, tras registrarse cientos de seísmos en la zona, y en octubre de 2014 aceptó mediante un decreto ley la renuncia de Escal UGS a la concesión de la instalación.

Como consecuencia de ello, el Ejecutivo mediante el citado real decreto-ley estableció una indemnización de 1.350,7 millones para la compañía, cantidad que se cargaría en el recibo del gas durante 30 años.

Las entidades Santander, Caixabank y Bankia adquirieron el derecho de cobro de la indemnización abonada a Escal UGS, que percibieron hasta que la CNMC suspendió los pagos por la sentencia del Constitucional, al igual que hizo con Enagás, que percibió cantidades por operar y mantener las instalaciones en condiciones de seguridad después de la paralización.

Los tres bancos, a los que Enagás transfirió en su momento los derechos de cobro de la deuda que contrajo por abonar de una vez a Escal UGS la indemnización, tienen planteada una reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Estado para cobrar, mientras que Enagás tiene presentada otra para percibir los costes que le cuestan las tareas de mantenimiento

Fuente: Cinco Días