La Audiencia Nacional ha absuelto al expresidente de Caixanova, Julio Fernández Gayoso, y a otros tres miembros de la antigua cúpula de la antigua caja de ahorros gallega en el caso por la fallida operación inmobiliaria en Rivas Vaciamadrid (Madrid), la cual generó un perjuicio de 41,8 millones de euros. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitaban penas de cuatro años de cárcel por un delito de administración desleal y gestión fraudulenta. 

En su sentencia, conocida este jueves y que cuenta con 83 páginas, la sección cuarta de la Sala de lo Penal entiende que todos los acusados, entre los que también estaba el exdirector general José Luis Pego, su adjunto, Gregorio Gorriarán, y el exdirector de la división de Planificación Financiera Domingo González Mera, cumplieron con «la función que les era propia en el cargo que ostentaban».

El magistrado considera, además, que ninguno de ellos «se prevalió de su posición en la entidad» en perjuicio de ésta, sino que «se limitaron a dar al expediente el cauce previsto», buscando «en todo caso la mejor solución y la menor pérdida posible para Caixanova».

Se da la circunstancia que esta operación de Rivas es una de las siete sospechosas que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) remitió a la Fiscalía Anticorrupción, que solicitaba penas de prisión por una «administración desleal de libro» en un proyecto del que el consejo de administración de la caja, sostenía el escrito, no recibió «toda la información».

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En su resolución, los magistrados destacan que las decisiones adoptadas en el seno de la caja «no sólo eran colegiadas, sino unánimes», sin que ninguno de los que participaban en ellas recibiera la menor presión o influencia en sentido alguno.

A medida que la operación inmobiliaria debía ser modificada o refinanciada, el departamento o área involucrada, tras analizarlo y solicitar la información necesaria, emitía un informe no vinculante que después ha podido ser seguido, o no, en el eslabón siguiente de la cadena.

Varios de los testigos que declararon en el plenario, destaca la sentencia, explicaron que era imposible pasar al escalón siguiente si previamente faltaba algún requisito.

La sentencia señala también que entre los planes establecidos para aquellos años, la antigua caja de ahorros buscaba su expansión en el ámbito de préstamos hipotecarios y el municipio Rivas-Vaciamadrid contaba con uno de los índices de crecimiento más altos de España y de Europa. 

Esto significaba que si la operación era satisfactoria y las viviendas que se iban a construir, unas 610, se vendían, suponía un incremento notable de nuevos clientes que se subrogarían en el préstamo de la promotora.

No existe por todo ello constancia de que los acusados «ni de forma aislada ni actuado de común acuerdo, siguiendo un plan preconcebido y con abuso de sus funciones hayan actuado con el propósito de causar un daño económico» a la entidad, razón por la que descarta la existencia del delito de administración desleal que pretendía tanto Fiscalía como Abogacía del Estado, que  solicitaban 4 años de prisión por delito societario continuado en su modalidad de administración desleal de gestión fraudulenta de patrimonio social.

Pero a Gayoso, Gorriarán y Pego le quedan aún pendientes otras citas con la Justicia. Están procesados también por delito societario y blanqueo en la concesión de un préstamo a una sociedad vinculada que generó un perjuicio de 80 millones de euros.

Fuente: Cinco Días