
El consejo de administración de IAG, el grupo al que pertenece Iberia, ha decidido este lunes limitar al 47,5% el capital máximo en manos de accionistas extranjeros que no procedan de la Unión Europea, con el fin de salvaguardar sus derechos de vuelo, sobre todo, de sus filiales españolas, Iberia y Vueling, según informa la aerolínea a través de un hecho relevante a la CNMV. La medida se interpreta como un primer paso del grupo de aerolíneas para afrontar un Brexit duro. En caso de que la salida del Reino Unido de la UE se produzca sin acuerdo, IAG tendrá que demostrar que la mayoría de su accionariado es comunitario.
En el comunicado al supervisor bursátil, International Airlines Group (IAG) señala expresamente que esta decisión no supone un blindaje frente a un Brexit duro. “Las personas británicas no son ni serán tratadas como personas No EU (extracomunitarios) y que, en consecuencia, no están ni estarán sujetas a las restricciones a la adquisición de acciones mencionadas en este anuncio, salvo que IAG notifique a los accionistas otra cosa. IAG no tiene planes de emitir dicha notificación”, indica el grupo británico.
Preservar los derechos de vuelo de Iberia y Vueling
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Fuentes del grupo presidido por el británico Willie Walsh aseguran que la notificación a la CNMV se realizó para preservar los derechos de vuelo de Iberia, Vueling y Air Lingus. La normativa europea señala que si la participación de accionistas extranjeros supera el 50% las aerolíneas se arriesgan a perder los permisos de vuelo. En el comunicado señala: “El grupo reconce que “el nivel de propiedad del capital social por parte de personas no UE ha alcanzado el 47,5%”. Es decir, se sobreentiende que el resto de las acciones, el 52,5%, está en manos de inversores comunitarios, sin precisar entre británicos y del resto de países de la UE.
El grupo IAG se suma así a compañías como EasyJet y Ryanair que han adoptado medidas similares conforme a sus respectivos estatutos para poner un tope a los inversores considerados no comunitarios, según informa EP. Actualmente, Qatar Airways es el primer accionista de IAG con el 21,4% desde que entrara en el grupo en 2015 por delante de Capital Research (10%), Europacific Growth (5,261%), Lansdowne (3,95%) e Invesco (1,1%).
“Este anuncio no se relaciona con Brexit. Conforme a la regulación de la UE, las aerolíneas de IAG deben ser de propiedad mayoritaria y controladas por accionistas de la UE. Estamos adoptando esta medida con el fin de asegurar que este es al caso”, precisó un portavoz del holding de aerolíneas.
Bruselas exige que la mayoría del capital sea comunitario
En cualquier caso, la decisión se produce en un momento en que IAG busca como afrontar las restricciones que tendría ante la posibilidad de que el Reino Unido abandone la UE sin alcanzar un acuerdo. Bruselas ha advertido de que excluirá a las compañías aéras cuyo capital es mayoritariamente extracomunitario. En este contexto, IAG trata de adoptar las decisiones corporativas para cumplir con las restricciones de Bruselas. Pero la Comisión Europea no ha aceptado hasta ahora los argumentos planteados por España y por Iberia. El Ejecutivo comunitario se remite al reglamento comunitario que exige que más del 50% de la propiedad de la compañía, así como su control efectivo recaigan en los Estados miembros o en sus nacionales. Así que la presión crece para el holding de aerolínas conforme se acerca la fecha del 29 de marzo, fecha prevista inicialmente para la separación.
La semana pasada, la matriz de las compañías aéreas Iberia, Vueling, British Airways y Air Lingus aseguró que “es una compañía española” y que “cumplirá con la normativa aplicable sobre propiedad y control, tanto en Reino Unido como en la UE, después del Brexit”.
El secretario de Estado de Transportes, Pedro Saura, subrayó entonces: “Pensamos que Iberia cumple las condiciones y pensamos claramente que Iberia es una compañía europea y , por consiguiente, entendemos que se cumplen las condiciones de control y accionarial. Esta es la opinión que tenemos ahora mismo”.
En el comunicado remitido a la CNMV, donde blinda su capital de accionistas extracomunitarios al 47,5% de sus títulos, IAG advierte: “No se puede garantizar que dicho máximo permitido vaya a ser eliminado en el futuro ni, en su caso, cuando sería eliminado”.
En cualquier caso, el grupo advierte de que si una persona no EU adquiere una acción de IAG “será considerada por el consejo de administración como una acción afectada por este comunicado y se le cursará la correspondiente notificación”. En este caso, tanto los derechos de voto como los derechos políticos quedarán en suspenso. Además, este accionista extracomunitario dispondrá de 10 días para vender los títulos. “De tal forma que ninguna persona no UE sea titular, directa o indirectamente, o tenga un interés sobre las mismas”. El consejo introduce además un procedimiento para adquirir los títulos sobre los que tenga dudas sobre el origen de la propiedad. “En el supuesto de que el consejo de administración no tenga el convencimiento de que las referidas acciones han sido enajenadas en la forma indicada dentro del mencionado plazo de 10 días hábiles, el consejo podrá hacer que la sociedad adquiera dichas acciones”.
Tras su fusión con British Airiways, Iberia pasó a ser propiedad de una sociedad denominada Ib Opco, cuya propiedad corresponde al 100% al grupo británico IAG. La aerolínea, por tanto, no cumpliría el criterio de propiedad requerido por Bruselas.Iberia ha alegado, sin embargo, que los derechos políticos de Ib Opco se repartieron entre un 49,9% de IAG y un 50,01% de una empresa española denominada Garanair, propiedad al 100% de El Corte Inglés
Fuente: El País