Las ventas online de bienes de segunda mano entre particulares tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) con un tipo del 4%, según ha confirmado una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos. El impuesto de transmisiones es un tributo autonómico cuya recaudación corresponde a las comunidades autónomas, grava las transmisiones de bienes entre particulares y se paga cuando se adquiere, por ejemplo, una vivienda o un coche de segunda mano, con la particularidad de que el sujeto pasivo, es decir, quien debe pagar el impuesto, es el comprador, no el vendedor.

En realidad, la Dirección General de Tributos confirma lo que dicta la normativa. Todas las ventas entre particulares ya sean de productos de segunda mano o nuevos y mediante plataformas de Internet o en vivo están gravadas. La cuestión es que la mayoría de los ciudadanos desconocen que deben pagar impuestos por las pequeñas compraventas que realizan así que pocos pagan.

«No hay ninguna novedad», dijo este jueves el ministro Cristóbal Montoro cuando se le preguntó por el asunto. «Lo que se está haciendo es interpretar la legislación vigente que siempre ha previsto esta opción», aclaró. Y recordó que «el comercio online no puede ser diferente de lo que han sido las transacciones comerciales normales. Está sujeto a las mismas normas tributarias que los demás». Por eso, insistió en que «no hay ninguna novedad tributaria ni se cambia el impuesto».

La Dirección General de Tributos aclara en su consulta vinculante, adelantada por el diario económico Expansión, que estas operaciones están exentas de IVA, ya que en la transacción no interviene un empresario o un profesional, sino que se trata de una compraventa entre particulares de toda clase de bienes y derechos. Tributos respondía a una contribuyente que quería saber qué tributos debe pagar si vende a través de una página web objetos y enseres personales y familiares de segunda mano.

Pocos pagan el tributo

La consulta de Tributos, con fecha del pasado 22 de agosto, señala: «Si se entiende que la venta de objetos usados la realizan como particulares y no como empresarios ni profesionales en el ejercicio de su actividad, como operación no sujeta al IVA, debe considerarse, en todo caso, como transmisión gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, debiéndose liquidar por el adquirente, en base al valor real de los bienes (…) y en función del tipo de gravamen para los bienes muebles en la actualidad, de un 4%», explica Tributos, que depende del Ministerio de Hacienda.

Esta fiscalidad, según la consulta del 22 de agosto de este año, afecta a las compraventas de productos de segunda mano de plataformas online como Wallapop, ebay, milanuncios, Vibbo, Amazon, Chicfy o la plataforma de Facebook marketplace.

En el Plan de Control Tributario de este año, la Agencia Tributaria ya advirtió de que la economía digital es a partir de ahora otra de las prioridades de Hacienda, y especialmente los nuevos medios de pago en las operaciones por internet, como criptomonedas, plataformas medidoras de pago o pagos desde dispositivos móviles, ya que pueden facilitar la opacidad de las operaciones.

También se controlan los beneficios obtenidos por los agentes económicos que utilizan internet como medio para publicitar bienes y servicios, dado que los principales afiliadores de publicidad son grandes empresas transnacionales con sede fuera de España. Además, se presta especial atención al control de las operaciones de importación asociadas a transacciones de comercio electrónico.

El diario Expansión’, que adelanta este jueves la información de las ventas de segunda mano entre particulares, afirma que Hacienda está pidiendo las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar estas transacciones.

Fuente: El País