El Ministerio de Energía ha repetido la jugada del año pasado al incluir en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 una enmienda, según la cual, el Gobierno podrá disponer del superávit acumulao en el sistema eléctrico para sufragar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales o laudos arbitrales referidos al sector eléctrico. Tras la reforma eléctrica, entre los años 2014 y 2016 se acumularon más de 1.440 millones de euros.

 Esta enmienda (la número 127) establece que, “con carácter excepcional para el Presupuesto de 2018, los superávit de ingresos del sistema eléctrico se podrán destinar al pago de indemnizaciones en ejecución de resoluciones de litigios referidos a normativa del sector eléctrico que deban llevarse a cabo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o con cargo al sistema eléctrico”.

Se trata de un cambio de la Ley del Sector Eléctrico de 1997, modificada en 2013, que prohíbe que los superávit del sistema se destinen a nada que no sea la amortización de la deuda eléctrica acumulada, que aún supera los 20.000 millones.

Una medida idéntica, incluida en los Presupuestos del año pasado, sirvió al Gobierno para compensar a las grandes eléctricas, con cargo a la caja de la tarifa, los 500 millones de euros que habían desembolsado para el bono social entre los años 2014 y 2016, en aplicación de un fallo del Tribunal Supremo. Un dinero que, de no haber sido por dicha enmienda, el Gobierno se habría visto obligado a pagar vía Presupuestos, ya que el bono social (un descuento en la factura para determinados colectivos) no se considera un coste liquidable del sistema.

Además, para este año, el ministerio que dirige Álvaro Nadal ha añadido un nuevo supuesto de utilización del superávit del sistema, el de sufragar también con él los posibles déficit futuros. En este caso, se trata de una medida estructural, con carácter indefinido.

El excedente del sistema eléctrico de 1.400 millones, se generó tras la reforma, entre los años 2014 y 2016

Así, según el texto de la enmienda, “los superávit de ingresos del sistema eléctrico podrán destinarse a la amortización de deuda del sistema, o alternativamente, se podrán integrar como ingreso periodificado en varios años en el sistema eléctrico con efectos equivalentes a los de amortización de la deuda referida”. Aunque la decisión podría hacer suponer que se podría registrar un posible desfase en este ejercicio, nadie en el sector contempla tal posibilidad.

En las eléctricas dicen desconocer los motivos por los cuales, el Gobierno ha sido incapaz en estos años de amortizar la deuda eléctrica, pese a haber acumulado un excedente de 1.440 millones (550,3 millones de 2014; 469 millones, en 2015 y 421 millones en 2016, según calculos de la CNMC). Una de las razones que se han esgrimidos es que, al tratarse de una deuda titulizada con el aval del estado, los tenedores de la misma exigían un afuerte compensación por su amortización, lo cual, con tipos bajos de interés, no resultaba rentable al Gobierno. Sin embargo, esta razón no convence, pues deuda eléctrica se va refinanciando.

Error de cálculo

Sea como fuere, con el pago de la indemnización por el bono social a las cinco grandes de Unesa (Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo) y a más de una decena de pequeños grupos eléctricos integrados, ya se ha evaporado un tercio del fondo acumulado. Un superávit derivado de un cálculo erróneo entre ingresos y costes, lo que provocó que a los consumidores se les haya cobrara de más en el recibo en esos tres años.

A dferencia del déficit público, un desequilibrio tan elevado en el presupuesto de la tarifa no se justifica. Según fuentes del sector, en el caso de registrarse un déficit, la tarifa del año siguiente debería subir y, en caso de superávit, debería bajar o, como establece la Ley Eléctrica, debería destinarse a amortizar la deuda histórica, lo cual, se traduciría en un recorte, aunque mínimo, de los peajes de acceso.

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Las mismas fuentes critican que ese dinero, se destine a pagar otras deudas, como la del bono social o al pago de errores políticos, como el de los laudos arbitrales a inversores extranjeros por el recorte de las primas de las renovables.

A finales 2016, una sentencia del Tribunal Supremo impuso la devolución de las cantidades pagadas por las empresas para costear el bono social en los citados años. Aunque Energía recurrió el fallo ante el Constitucional, el Supremo obligó el año pasado a ejecutar la sentencia. Así, en sendas órdenes ministeriales publicadas el 3 de octubre y el 22 de diciembre, se ordenaba la devolución de las cantidades abonadas por las empresas en los años 2015 y 2016, por una parte, y 2014, por otra.

De esta manera, las empresas acabaron de recuperar todo su dinero el pasado 26 de enero.

240 empresas se reparten el coste del nuevo bono

Aunque, tras el nuevo fracaso judicial (y van dos), el Gobierno aprobó el año pasado un nuevo mecanismo de bono social, el antiguo aún se sigue aplicando. Tras el fracaso que supone ek escaso número de beneficioarios apuntados (apenas 170.000 frenta a los 2,3 millones del bono anterior), Energía se ha visto obligado a ampliar seis meses el periodo transitorio, hasta octubre.

El nuevo bono es un complicado mecanismo en el que se cruzan datos de renta, consumo y vulnerabilidad. Su financiación corre a cargo de 240 comercializadoras eléctricas, reguladas y en el mercado libre, que operan en el mercado.

Según el informe elaborado a finales del año pasado por la CNMC, el 37% de la financiación corre a cargo de las comercializadoras del grupo Endesa; el 35%, de Iberdrola; casi el 16%, de Gas Natural Fenosa; un 3,6%, a EDP España; el 2,2%, a Viesgo y el 1,4% a Cide HCEnergía. El resto, se reparte entre pequeñas compañías, hasta completar las casi 240 afectadas. La mayoría ha recurrido esta obligación ante los tribunales.

La situación, en cuanto a la financiación del nuevo bono, cambia poco para las grandes del sector, que siguen asumiendo el grueso del coste, casi un 95% del total.

Fuente: Cinco Días