El BBVA ha llegado a un acuerdo con el propietario de una vivienda sobre plano para que retire una demanda contra la entidad. El cliente había entregado 94.451 euros en una cuenta del BBVA para pagar a un promotor de Mijas (Málaga), que nunca construyó la vivienda planeada. El banco ha devuelto el dinero y los intereses, para evitar perder el juicio y pagar las costas. El Tribunal Supremo estableció en 2015 la responsabilidad de los bancos que cobraban dinero para los promotores si estos no entregaban las viviendas.

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Un cliente del Bufete Salmerón de Sevilla alcanzó un acuerdo con el BBVA por el que la entidad devolvió 94.893,54 euros (incluyendo los 442 euros de intereses legales). El perjudicado había realizado varias entregas desde mayo de 2003 hasta abril de 2008 para adquirir una vivienda sobre plano de la Promoción Urbanización Riviera golf (Mijas Costa). Este sistema de pago fue habitual durante los años de la burbuja y son miles los casos de promotores arruinados que no han cumplido sus contratos, sobre todo entre 2006 y 2008.

Esto ocurrió en este caso con la empresa Inversiones Tex 21, que “no atendió sus compromisos asumidos en el contrato de compraventa”, según el escrito del juzgado. Salmerón inició el procedimiento contra el BBVA apoyándose en la sentencia del 21 de diciembre de 2015 del Supremo, que responsabilizó a las entidades del impago de los promotores si el banco había trabajado para ellos sin exigirles “garantías frente a los compradores” para respaldar las cantidades entregadas.

El BBVA llegó a un acuerdo extrajudicial y depositó el dinero en el juzgado, una vez que el cliente se comprometió a desistir en la causa. Las partes acordaron “que cada una asumirán sus costas”. Fernando Salmerón, director del despacho, afirma que “es el primer caso de desistimiento en Andalucía” y cree que será uno de los primeros en España.

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Cambio de estrategia bancaria

Salmerón, que lleva estos casos de vivienda sobre plano desde 2012, recuerda que, hasta ahora, “las entidades recurren, pero quizá ahora empiecen a cambiar de estrategia”. En los dos últimos años, este bufete dice haber logrado que los bancos y las aseguradoras hayan devuelto más de siete millones a sus clientes, provenientes de España, Portugal, Francia, Irlanda e Inglaterra. “El último caso ganado ha sido a Unicaja por un millón de euros”, añade.

Esta cuestión ha vivido cambios legales. En enero de 2016, el Gobierno modificó la ley de 1968 por lo que se redujo el plazo para recurrir. Así, para los contratos anteriores al 1 de enero de 2016, los clientes tienen 15 años para pleitear desde la fecha de entrega de la vivienda. Sin embargo, a los que les han entregado su vivienda después del 1 de enero de 2016, solo tienen dos años desde la fecha de entrega para recurrir. Salmerón considera que el cambio “beneficia a la banca y perjudica al comprador”. No obstante, con la nueva ley, el banco sigue siendo responsable si no ha tomado garantías.

Fuente: El País