El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, ha retrasado mes y medio, hasta el 31 de julio, la obligatoriedad de que los bancos remitan telemáticamente la documentación de los préstamos hipotecarios a la plataforma notarial.

La decisión de Justicia contiene dos instrucciones que se publican este sábado en el BOE y “clarifican el régimen transitorio” para poner en marcha la norma, que entrará en vigor el 16 de julio. El objetivo es evitar que se paralicen las operaciones al no haberse completado la conexión informática de las plataformas telemáticas de “algunas” entidades con las notarías, según Justicia.

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El buen funcionamiento de la informática tiene gran trascendencia porque las hipotecas son el principal negocio de los bancos, sector que, en privado, responsabiliza a los notarios de los problemas técnicos. De hecho, estas fuentes comentan que la banca creó un sistema compatible con el de los notarios ante el temor de que el otro no estuviera listo este domingo. Ahora, algunas entidades temen que los créditos que ya se han enviado a la plataforma notarial tengan dificultades para ser cerrados el día de la firma.

Los notarios se defienden de las acusaciones y aseguran que su plataforma, la misma que usan desde hace años las 3.000 notarías españolas, “está plenamente operativa y funciona sin que haya existido una sola incidencia”. En ese sentido, limitan los problemas a “dificultades de conexión” ajenas a su sistema. “Las especificaciones requeridas al efecto se establecieron a finales de abril”, explica un comunicado de los notarios difundido este viernes. Añaden que hubo “dilación” de los bancos al poner en marcha los canales telemáticos de comunicación.

El decreto de Justicia permitió usar distintas plataformas y dejó en manos de la Dirección General de los Registros y el Notariado su inspección. Esa dirección general, dependiente del Ministerio de Justicia, mantuvo la posibilidad de que los bancos usen en origen la solución informática que quieran, pero determinó que los notarios deben disponer de esa documentación y comunicarse con el banco desde su red propia, la plataforma de Ancert. Desde Justicia explican que una ley de 2001 ya establece que esa es la única forma en que un notario puede dar fe pública por vías telemáticas.

Fuente: El País